"El objetivo de la educación
es la virtud y el deseo
de convertirse en un buen ciudadano"
Platón

jueves, 17 de noviembre de 2016

Programa Escuelas Abiertas en Verano 2016-2017



INSPECTORES JEFES REGIONALES
INSPECTORES JEFES DISTRITALES
INSPECTORES DE ENSEÑANZA
DIRECTORES
DOCENTES

Por la presente acercamos el Cronograma de acciones previsto para la implementación del Programa Escuelas Abiertas en Verano 2016-2017, a los fines de posibilitar en tiempo y forma la ejecución de las etapas que asegurarán el cumplimiento de las actividades recreativas, deportivas, creativas, comenzando por la elaboración y defensa de los proyectos para la selección de los Coordinadores.
CRONOGRAMA DE ACCIONES

FECHA
ACCIONES
2016

Del 18 al 24 de noviembre

  • Difusión del Programa Escuelas Abiertas en Verano en la totalidad de los Distritos de la Provincia de Buenos Aires.
  • Organización de los Proyectos Institucionales en base a la detección de la matrícula tentativa.
  • Elaboración del listado tentativo de los alumnos que participen del Programa.
  • Elevación del listado a la Unidad Educativa de Gestión Provincial.

Del 25 de noviembre
al 29 de noviembre 

  • Presentación de Proyectos Institucionales a la Unidad Educativa de Gestión Distrital.
§  Presentación del Proyecto de Coordinación Pedagógica por los aspirantes a la cobertura del cargo de Coordinador Distrital

Del 30 al 1° de diciembre


  • Constitución de la Comisión Evaluadora para la selección del Coordinador Distrital y conformación del listado por orden de merito.
  • Aval y Convalidación del Proyecto de Coordinación pedagógica en la Unidad Educativa de Gestión Distrital.
  • Aprobación del Proyecto Distrital y remisión a la Unidad Educativa de Gestión Provincial
A partir del 19 de diciembre
  • Designación del Coordinador Distrital.
Desde el primer día hábil posterior a la finalización del ciclo lectivo 2016.
  • Inicio del Servicio Alimentario Escolar de Verano en los establecimientos educativos.

A partir del 21 de diciembre


  • Designación del personal docente y no docente por el periodo 1 de enero al 3 de febrero 2017
2017
A partir del 1 de enero de
§  Inicio del Programa Escuelas Abiertas en Verano
A partir del 30 de enero al 3 de febrero
§  Periodo de Cierre del Programa a Nivel Distrital, Regional y/o Provincial.






PERÍODOS DE IMPLEMENTACIÓN


MODALIDADES

PERIODOS

Propuesta Recreativa            
Educación Física y/o Artística

Modalidad 1



1 de enero al 3 de febrero de 2017 en las sedes que integran el Proyecto Distrital


Propuesta Recreativa 
Educación Física y/o Artística y
Servicio Alimentario

Modalidad 2


1 de enero al 3 de febrero de 2017 en las sedes que integran el Proyecto Distrital



SERVICIO ALIMENTARIO ESCOLAR


Desde el primer día hábil posterior a la finalización del ciclo lectivo 2016 al 31 de diciembre del mismo año; desde el 1 de enero de 2017 al 3 de febrero del mismo año y desde el 6 al 28 de febrero de 2017, en todos los establecimientos con servicio de comedor que integran el Proyecto Distrital.



Consideraciones generales para la selección del coordinador distrital:
Se designará un coordinador a partir de 5 sedes o más, autorizadas por la Unidad Educativa de Gestión Provincial, resolviendo dicha instancia las situaciones particulares que requieran tratamiento específico.
El Inspector Jefe Regional, arbitrará los medios a través de los Jefes Distritales y equipos de Inspectores de Enseñanza, para constituir una Comisión Evaluadora, que tendrá la función de seleccionar al Coordinador, considerando el perfil requerido para la consecución del Programa.
Los aspirantes al cargo de Coordinador Distrital deberán presentar y defender un Proyecto de Coordinación Pedagógica.
A los fines de garantizar la atención pedagógica de los concurrentes al Programa, en ningún caso se podrá designar como Coordinador a docentes con cambio de funciones (ex tareas pasivas), con licencia, recalificados por A.R.T, presumariados  y/o sumariados. Los docentes aspirantes a la coordinación distrital deberán presentar declaración jurada que demuestre no estar alcanzados por ningún punto de los que anteceden.
Efectuado el orden de mérito por parte de la Comisión Evaluadora, se remitirá la documentación a la Unidad Educativa de Gestión Distrital, quien previamente, verificará el procedimiento, para luego avalar y convalidar lo actuado.
El desempeño del cargo se extenderá desde el 19 de diciembre de 2016 hasta el 3 de febrero de 2017, con una carga horaria de veinte (20) horas reloj semanales, cuatro (4) horas por día de lunes a viernes, incluyendo el acompañamiento a los eventos que se realicen como Cierre del ProgramaEscuelas Abiertas en Verano.Funciones del Coordinador:                                                            
·          Desempeñarse como nexo entre las Sedes, la Unidad Educativa de Gestión Distrital y demás instancias provinciales y locales para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Programa, en sus dos (2) modalidades.
·         Articular las acciones proyectadas por cada Sede y los organismos del distrito que participan en el Programa.
·         Trabajar en forma integrada con la Unidad Educativa de Gestión Distrital, para posibilitar la concreción de las actividades programadas en el marco del Programa.
·         Supervisar el desarrollo del ProgramaEscuelas Abiertas en Verano, en coordinación con la Unidad Educativa de Gestión Distrital.
·         Concurrir a las reuniones que fuere convocado por las autoridades competentes.

Se solicita intensificar la difusión del cronograma para obtener la nómina de los coordinadores distritales según los mecanismos establecidos, para la reunión provincial que se realizará en los primeros días del mes de diciembre como medida previa a la designación establecida para el 19/12/16. Por ello, la elevación de los datos una vez finalizada la selección de los aspirantes a la coordinación por parte de la Unidad Educativa de Gestión Distrital. Obtenido el listado dicha unidad elevará la información a la Unidad Educativa de Gestión Provincial entre el 30/11 y el 1°/12/16, dicho listado resulta de suma importancia para las acciones operativas posteriores.


UNIDAD EDUCATIVA DE GESTIÓN PROVINCIAL


FUNDAMENTACIÓN:

INSPECTORES JEFES REGIONALES
INSPECTORES JEFES DISTRITALES
INSPECTORES DE ENSEÑANZA
INSPECTORES DE ENSEÑANZA
DIRECTORES
COORDINADORES
INTEGRANTES DE LA UEGD

A lo largo de los años, el Programa Escuelas Abiertas en Verano ha atravesado diferentes momentos políticos, sociales y económicos que sucedieron en el país. El programa ha comenzado dando respuesta principalmente a la necesidad de sostener durante la época estival el SAE (Servicio Alimentario Escolar). La mayor parte de las sedes a nivel provincial eran de Modalidad 3 (sólo comedor).

Gracias a la tarea mancomunada de los equipos de trabajo que se conformaron en los distritos, estos últimos años se evidencia una tendencia a incrementar las propuestas recreativas juntamente con el Servicio Alimentario Escolar, interpretando la necesidad de niños adolescentes de participar plenamente tanto de las actividades de  recreación como del espacio social del comedor. Se ha registrado una notable disminución de sedes con modalidad 3 (sólo comedor) y un gran aumento de la modalidad 1 (propuesta recreativa) y modalidad 2 (propuesta recreativa y servicio alimentario escolar).

A su vez, a partir de la acción conjunta entre Organismos del Sistema Educativo y de los Municipios, estas propuestas se volvieron más significativas para los chicos con la posibilidad de realizar prácticas acuáticas en predios deportivos, piletas, espacios verdes, otros.

Este nuevo año que ya pronto llega, nos encuentra trabajando para que las “Escuelas Abiertas en Verano”  tengan un nuevo y renovado impulso atendiendo a los derechos a la educación, a la recreación y a la alimentación, en el marco de la Declaración Universal de los Derechos del Niño.
Por ello este año, y respetando la tendencia el Programa aludido ofrecerá la posibilidad de conformar sedes de Modalidad 1 (propuesta recreativa) y modalidad 2 (propuesta recreativa y servicio alimentario escolar) con el propósito de alcanzar metas educativas y recreativas con centralidad en los niños/as y adolescentes, con el propósito de favorecer la inclusión social, la integración y la promoción de actividades físicas, artístico-culturales y de recreación.

Finalmente, reconocemos el esfuerzo y compromiso de todos para lograr que se pueda superar la propuesta de solo comedor sin recreación (modalidad 3), en un trabajo conjunto que hoy nos permite brindar un mejor servicio de verano que no se base exclusivamente en ofrecer solo la comida, sino  la recreación con comedor, considerando que en los lugares que así se decida las sedes ofrecerán la recreación exclusivamente con las actividades propias de dicha modalidad
Atentamente.

                                                                                         Lic. Sergio Siciliano
                                                                                 Subsecretario de Educación




miércoles, 2 de noviembre de 2016

Calificación Anual Titular Interino – Tiempo Mínimo de Desempeño


Los docentes en la Provincia de Buenos Aires, son designados por un período de prueba cuyo plazo se extiende a un año lectivo de desempeño. Esta designación es la que se denomina Titular Interino. Cumplido el primer ciclo de desempeño, el docente puede ser confirmado con carácter de titular definitivo, en tanto y en cuanto obtenga una calificación de 6 o más puntos por su desempeño y, además, apruebe la aptitud psicofísica. ¿Cuál es el plazo mínimo de desempeño para estar en condiciones de ser calificado?
La Reglamentación del Art.65 (Decreto 441/95)  del Estatuto del Docente expresa que “la calificación requerida corresponde al ciclo lectivo en el que se realizó la designación siempre que el docente hubiera desempeñado en forma efectiva el cargo para el cual hubiera sido designado, por lo menos durante tres meses.
Por otra parte la Reglamentación del Art.127 (Decreto 2485/92) del Estatuto del Docente establece que la calificación del titular interino será realizada al que contare con “no menos de tres meses corridos de prestación de servicios”.
La expresión “tres meses corridos” dio lugar a diversas interpretaciones y problemáticas, cuando el docente a calificar había hecho uso de licencias. En este sentido, el único órgano legalmente autorizado para interpretar al Estatuto del Docente, es la Dirección General de Cultura y Educación, y este órgano sólo se expresa a través de un acto administrativo, como lo es una Resolución.
En tal sentido, en el año 1998 se suscribe la Resolución 7612/1998 por medio de la cual se interpreta el alacance de la expresión “3 meses corridos”, detarminando que:
Artículo 1°.- Definir al desempeño efectivo, con relación a los artículos 65 y 127 de la Ley 10.579 y su reglamentación, como aquel en el que un docente se encuentra a cargo de su función sin que sea reemplazado por un suplente. –
Artículo 2°.- Determinar que cuando el docente que debe ser calificado, haya hecho uso de una licencia por plazo menor a cinco días sin que sea necesario su reemplazo por otro podrá considerarse como “corrido”.-
Cabe destacar que como tal resolución es del año 1998, y por ende, anterior al Decreto 258 que data del año 2005, es comprensible que establezca un plazo de 5 días de licencia sin suplente, toda vez que con anterioridad al decreto 258 las suplencias se cubrían si las licencias tenían como mínimo un plazo de 5 días, circunstancia que aún está vigente para las horas cátedra o módulos, ya que el Decreto mencionado sólo se aplica a las suplencias de 3; 4 días en cargos de base.
Por lo tanto el desempeño es corrido, por más que se haya solicitado licencia, siempre y cuando la misma no dé lugar a la designación de suplente. Para horas cátedras o módulos, ese plazo sigue vigente, y en el caso de cargos, dicho plazo podría interpretarse que se ha reducido a 3 días, con la modificación incorporada por el Decreto 258/2005, aunque, como la Resolución dice 5 días, podría un docente con cargo exigir dicho plazo, toda vez que no existe otra Resolución que adecúe su texto conforme a la reforma implementada por el Decreto citado.
Sin perjuicio de ello, el Art. 3 de la misma Resolución, da una segunda posibilidad o criterio para interpretar y considerar los “tres meses corridos” estableciendo lo siguiente:
Artículo 3°.- Establecer que la suma de desempeño en un año que resulte mayor al 50% de los días hábiles, son evaluables a efectos de la calificación. –
La calificación es hasta el 31 de diciembre, aunque en la práctica administrativa se exija a los directivos calificar en el mes de noviembre. Como la calificación es anual, a mi entender, deben ser considerados días hábiles todos los pertenecientes al mes de diciembre, aunque la calificación se haga efectiva en noviembre, porque el anticipo que administrativamente se exige de la misma, no puede ir en detrimento de los derechos del trabajador.
Los paros docentes no deben considerarse ausencias a estos efectos, primero porque es el ejercicio de un derecho constitucional, que se vería vulnerado si se considerara a los paros a los efectos de reducir el plazo de desempeño efectivo y corrido; y en segundo lugar, LOS PAROS NO SON LICENCIAS.
Es decir, y a modo de conclusión se consideran “tres meses corrido” de desempeño a:
PRIMERO: Si no se hizo uso de licencia que dé lugar a suplente (plazo de 5 días, reducible a 3 por las razones expuestas precedentemente).
SEGUNDO: Si se hizo uso de licencia que dé lugar a suplente, pero en el desempeño total se alcanza al 50% de los días hábiles que se debieron trabajar, también es calificable el docente.
Si llegaste hasta aquí, te agradezco el tiempo que has dedicado a la lectura de estas líneas, y a la confianza depositada en mi palabra, pero debés confiar en tus propias interpretaciones, por lo que te invito a que leas el Capítulo completo de la Calificación Anual Docente, como así también de la Resolución 7612/98, cuyo texto completo se encuentra en el siguiente enlace. Texto clic aquí
Por último, antes de despedirme, te invito que escuches el audio de este video, en donde desarrollo otros aspectos de la Calificación Anual.
FUENTE:
Fernando Carlos Ibañez – Docente y Abogado – www.fernandocarlos.com.ar – Portal de Educación